La idea de formalizar el Derecho Humano a la Paz surgió en los años noventa, aunque las referencias al derecho de la comunidad de la vida de vivir en paz empiezan desarrollarse desde la Segunda Guerra Mundial. En el Informe del Director General de UNESCO sobre el Derecho Humano a la Paz, publicado en octubre de 1997, se reconocen los “estrechos vínculos que existen entre los derechos humanos y la paz, reconocidos y formulados en el Preámbulo y los Artículos 1 y 55 de la Carta de las Naciones Unidas, la Constitución de la UNESCO, el Preámbulo y el Artículo 28 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, así como en otros instrumentos relativos a los derechos humanos adoptados por las Naciones Unidas.
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